Editorial

Un nuevo derecho de gentes

Editorial · Fernando de Haro
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25 febrero 2018
La Peste, la nueva serie de Movistar que ha hecho furor en las últimas semanas, ha reabierto el debate en torno a la América española. Un debate en realidad nunca cerrado desde mediados del XVIII, cuando los criollos se hicieron nacionalistas. Las Indias, a las que muchos quieren partir, son ahora miradas, desde esta orilla, desde la Sevilla del XVI.

La Peste, la nueva serie de Movistar que ha hecho furor en las últimas semanas, ha reabierto el debate en torno a la América española. Un debate en realidad nunca cerrado desde mediados del XVIII, cuando los criollos se hicieron nacionalistas. Las Indias, a las que muchos quieren partir, son ahora miradas, desde esta orilla, desde la Sevilla del XVI.

El guion no se libra de los tópicos de una leyenda negra, tópicos repetidos una y mil veces. La ventaja es que en esta ocasión hay quien denuncia esa leyenda y quien recuerda que la España del XVI fue en muchos aspectos casi ejemplar y muy cuidadosa con los derechos de los indios.

La ocasión es un buen pretexto para recordar algunos de los argumentos que utilizaba el Cardenal Cayetano, apenas 20 años después de la llegada de Colón a La Española (República Dominicana y Haití). El rey Fernando el Católico había solicitado a Cayetano, superior de los dominicos, que le enviara frailes para predicar. Esos frailes, con una independencia ejemplar, empezaron a denunciar los abusos. Los Reyes Católicos, Isabel y Fernando, ya habían prohibido la esclavitud y determinado que los indios fueran “bien y justamente tratados”.

Comienza entonces uno de los debates jurídicos y filosóficos más apasionante de la modernidad recién inaugurada. Cayetano, para defender la soberanía de los indios, distingue el derecho de gentes, derecho derivado de la naturaleza, y el derecho divino, derecho de los que son fieles. Y en una página memorable señala que “no pertenece a la Iglesia castigar la infidelidad de los paganos que nunca abrazaron la fe, según aquello del Apóstol: ¿qué me toca a mí juzgar de las cosas de fuera?”. El hecho de que los indios no sean cristianos no les priva de la soberanía y del dominio, “pues el dominio proviene del derecho de gentes que es derecho humano”.

Estos frailes españoles del XVI que defendieron el derecho de los indios, el derecho de los “infieles”, no tenían precisamente ante sí prácticas que los teóricos del derecho natural consideraron después, en un ejercicio evidente de exageración, conquistas a las que la sola razón puede llegar con sus fuerzas. Los indios eran politeístas y animistas, algunos de ellos llevaban a cabo sacrificios humanos, practicaban la antropofagia y la poligamia. No estaban precisamente cerca de un estado natural como el descrito por Rousseau siglos después. Tampoco andaban cerca de aquellas costumbres que luego se consideraron lógicas conquistas de la evolución moral. Ante estos indios reales, ante estos infieles, es ante los que Cayetano recuerda las palabras de San Pablo: ¡qué me toca a mí juzgar de las cosas de fuera!”.

A veces, escuchando algunos análisis escandalizados sobre la desaparición de ciertas evidencias en la sociedad del siglo XXI (diferencia entre los sexos, estabilidad en las relaciones, intangibilidad de la maternidad, dignidad de los inmigrantes), se echa en falta el sano realismo del siglo XVI. Cayetano y muchos otros sabían bien que hay algunas cosas que solo el derecho divino (el cristianismo) hace posible. Es inútil y contraproducente pretender que estén recogidas en el derecho de gentes. Aquellos frailes sabían que esas pocas cosas esenciales solo pueden recuperarse a través de la libertad.

Decía Cayetano que “Cristo Rey de Reyes, a quien se le dio potestad en el cielo y en la tierra, envió a tomar posesión del mundo no a soldados armados sino a predicadores santos, como ovejas entre lobos”. Por eso, “pecaríamos gravemente -advertía- si pretendiéramos extender la fe de Jesucristo por este camino (entonces la fuerza, ahora una ‘extrapolación excesiva del derecho divino’). Más bien habría que enviarles predicadores que sean hombres probos que con la palabra y el ejemplo conviertan a Dios”.

El realismo del XVI español, ese “no juzgar las cosas de fuera” y ese saber distinguir el derecho divino y lo que entonces se llamaba derecho de gentes, parece muy recomendable en este comienzo del siglo XXI. Más cuando todos somos ya gens, gentilidad.

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