Solo las atributivas son verdaderas

Mundo · Fernando de Haro
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8 marzo 2017
Han corrido ríos de tinta durante los últimos días sobre dos sucesos que se han producido de forma casi simultánea. Todo el mundo ha opinado ya sobre el autobús que ha recorrido Madrid con afirmaciones sobre la identidad sexual, afirmaciones que el colectivo LGTB ha percibido como ofensivas y contrarias a su dignidad. Como también todo el mundo ha tomado postura ante la gala que ponía final a los carnavales de Gran Canaria. En ella uno de los concursantes ha utilizado la figura de la Virgen y de Cristo para hacer una parodia, lo que ha sido percibido por los cristianos como una ofensa.

Han corrido ríos de tinta durante los últimos días sobre dos sucesos que se han producido de forma casi simultánea. Todo el mundo ha opinado ya sobre el autobús que ha recorrido Madrid con afirmaciones sobre la identidad sexual, afirmaciones que el colectivo LGTB ha percibido como ofensivas y contrarias a su dignidad. Como también todo el mundo ha tomado postura ante la gala que ponía final a los carnavales de Gran Canaria. En ella uno de los concursantes ha utilizado la figura de la Virgen y de Cristo para hacer una parodia, lo que ha sido percibido por los cristianos como una ofensa.

Los dos casos van más allá de la anécdota. Son ejemplo del creciente conflicto propio de las sociedades plurales. Conflicto entre libertad de expresión y derecho a que la propia identidad no sea ofendida. El contenido de los dos casos es bien diferente pero los dos supuestos tienen puntos en común y nos ayudan a entender los grandes retos que tenemos por delante. El reto de la vida en común y el reto de encontrar un modo de afirmar la verdad que no la descalifique (a la propia verdad, se entiende).

Un análisis sosegado sobre el contenido de los dos gestos nos llevaría a concluir que no son de la misma naturaleza. Pero está claro que estamos, en los dos supuestos, ante la colisión entre dos derechos fronterizos (libertad de expresión/identidad). Nuestras sociedades democráticas y plurales han evolucionado de un modo muy rápido. Las evidencias compartidas que no había que discutir han ido desapareciendo y el espacio de lo que pacíficamente y objetivamente se reconoce como un bien es cada vez más reducido. Por eso las fronteras entre derechos son cada vez más ásperas.

El artículo 10.2 de la Convención Europea de Derechos Humanos (1950) establecía que la libertad de expresión tiene como límite la moral. Una afirmación que casi 70 años después exigiría un debate sobre qué afirmaciones morales son compartidas. La moral no es derecho y siempre pasa a través de la libertad. A buen seguro que el caso Handyside versus Reino Unido sobre el Libro Rojo del Cole (colisión libertad de expresión/tutela de la infancia) no provocaría hoy la misma sentencia que en los años 70.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado recientemente delimitando qué puede ser considerado delito de odio en los casos de enaltecimiento del terrorismo. Pero en otros supuestos no está tan claro cómo definir las fronteras. El delito del “hate speech” se introduce en el Código Penal en la reforma de 1995. Se define como el hecho de promover “odio, hostilidad, discriminación o violencia” (…) “por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”. La jurisprudencia es zigzagueante al aplicar el tipo penal porque estamos ante el problema de evaluar un sentimiento y no una conducta. El mismo problema generan los delitos por ofensa a los sentimientos religiosos (caso Rita Maestre).

La “perplejidad jurídica” que plantean estas situaciones nos tendrá atareados mucho tiempo. Los tribunales deberán hacer su trabajo, al menos en las situaciones límite. Pero buena parte de la solución es meta-jurídica. Todos tendremos que aprender a cumplir con la vieja regla médica: ante todo, si es posible, no hagas daño. Porque el bien común, en esta sociedad plural en la que muchas certezas se diluyen, sigue existiendo y se fundamenta en la estima por el otro.

El conocimiento de la sensibilidad y de la experiencia del otro, que puede estar en las antípodas de la propia experiencia, engrasa y hace más fecunda la vida en común. Seguramente es difícil de entender, para quien utiliza la figura de la Virgen y de Cristo como objeto de transgresión, que hay una parte de la sociedad para la que María y Jesús no son simples símbolos o iconos de una ideología sino personas reales por las que se sienten acompañados, a las que dedican su vida. Tampoco es fácil comprender para otros que en las actuales circunstancias hay una parte de la sociedad, especialmente entre los jóvenes, que por las razones que sean se consideran transexuales. La verdad de una u otra sensibilidad la determinará la experiencia de cada cual a través de su libertad. Pero solo la atención a la sensibilidad del otro permitirá sostener la vida en común con una cordialidad elemental.

Que para el otro ciertas cosas no sean evidentes exige respeto pero también constituye una oportunidad. Es una ocasión de un interés mayor por su experiencia y por la propia experiencia. Una ocasión para comprobar la solidez de lo que se afirma como cierto.

Si las evidencias afirmadas como leyes de la naturaleza, ya sea escritas en piedra o pintadas en chapa, no tienen en cuenta ni la condición histórica ni la condición personal se vuelven contra la dinámica que siempre acompaña a la verdad. Las leyes de la naturaleza se pueden contar con los dedos de la mano y suelen permanecer ocultas incluso en aquellos momentos en los que la razón está más sana. No estamos en esa condición. No se puede dar por supuesto que la razón del siglo XXI pueda reconocer lo que a algunos parecerá lo más sencillo.

Además no todos los modos de afirmar la verdad son verdaderos. En la verdad, cuando aparece como tal y se muestra amiga de la libertad, el contenido y el modo de afirmarla coinciden (como en las frases atributivas el predicado no es nada sin el sujeto ni el sujeto sin el predicado: por ejemplo “hecho carne”). Reconocemos algo como verdadero porque se nos muestra conveniente, razonable, misericordioso, gratuito (no exige precondición). Y ese algo es siempre una persona, algo que sucede, una mirada. Solo una larga convivencia con esa persona sana la razón y permite entender la ley.

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