O todos moros, o todos cristianos

España · PaginasDigital
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22 marzo 2017
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha asentado ya una línea jurisprudencial fallando a favor de excluir del ámbito laboral (público o privado) de los europeos cualquier signo visible de sus convicciones políticas, religiosas o filosóficas. Por tanto, admite el destierro, durante unas 40 horas semanales, del hecho religioso. Es de agradecer que no se haya pronunciado sobre manifestar en el lugar de trabajo preferencias deportivas a la hora del café.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha asentado ya una línea jurisprudencial fallando a favor de excluir del ámbito laboral (público o privado) de los europeos cualquier signo visible de sus convicciones políticas, religiosas o filosóficas. Por tanto, admite el destierro, durante unas 40 horas semanales, del hecho religioso. Es de agradecer que no se haya pronunciado sobre manifestar en el lugar de trabajo preferencias deportivas a la hora del café.

Se separa por tanto con esta línea de interpretación de la tradición liberal y humanista europea, y asume el principio de laicidad negativa, esto es, una neutralidad y equidistancia extremas, que son deshumanizadoras, puesto que tratan de “proteger” al hombre de lo que le es más propio. El ser humano es un ser biológico, social por naturaleza, capaz de pensar racionalmente en la trascendencia y de pensarse a sí mismo en la Historia, el presente y el futuro.

La sentencia es la historia de alrededor de un 3% de mujeres europeas, de confesión musulmana. La Sra. Achbita fue despedida de su trabajo de recepcionista en Bélgica cuando optó por ponerse velo. La Sra. Bougnaoui pasó de llevar “un simple pañuelo bandana” a un “pañuelo islámico” en su lugar de trabajo para clamor de empresa y clientes.

El fallo del Tribunal no deja lugar a dudas. Para el más alto tribunal europeo, “el deseo de un empresario de ofrecer una imagen neutral ante sus clientes del sector público o privado tiene un carácter legítimo… ya que dicho deseo está vinculado con la libertad de empresa”. Además, prosigue, en el caso de la Sra. Achbita, la prohibición es apta para garantizar la correcta aplicación de un régimen de neutralidad general e indiferenciado, siempre que dicho régimen se persiga realmente de forma congruente y sistemática, es decir, no discrimine o prefiera a unas personas o grupos frente a otros. O todos moros, o todos cristianos, o todos neutrales.

Ciertamente la Directiva comunitaria cuya legalidad se dilucidaba establece que habrá discriminación directa cuando una persona sea tratada de manera menos favorable que otra en análoga situación; habrá discriminación indirecta cuando una norma o práctica aparentemente neutra, sin embargo, pueda ocasionar una desventaja particular –discrimine– a personas por razón de religión, orientación sexual, ideas, etc… salvo (y es un “salvo” fundamental para comprender la cuestión) que sea justificable objetivamente por la finalidad legítima que se persiga y la proporcionalidad y naturaleza de los medios que se utilicen para la consecución de tal finalidad.

Si el despido de la Sra. Achbita dimana del incumplimiento de una norma interna, concluye la sentencia, no habrá discriminación directa por motivos de religión (siempre que la norma se aplique a todos por igual), y además tampoco habrá discriminación indirecta cuando pueda justificarse objetivamente que la empresa persigue implantar un régimen de neutralidad política, filosófica y religiosa.

Respecto a la Sra. Bougnaoui, se basó su despido en el incumplimiento de una norma interna en vigor en la empresa por la que se prohibía el uso de cualquier signo visible de convicciones políticas, filosóficas o religiosas (extremos que deberán comprobar en el futuro y en todo caso cada juez nacional, y no estrictamente el juez europeo). Este despido por tanto es perfectamente legal si existe una norma interna en la empresa cuya finalidad sea legítima, como puede ser, por ejemplo, “la instauración por parte de la empresa de una política de neutralidad para con sus clientes, y si los medios para la consecución de esta finalidad son adecuados y necesarios”.

En resumen, mientras la norma interna de una empresa afecte a todos sus empleados, y nadie como grupo político, filosófico o religioso se pueda sentir agraviado (pues todos quedarían capados), en tal caso, no habrá discriminación. Muerto el perro, se acabó la rabia, se podría argüir.

Así que mientras exista una norma escrita, conocida, de aplicación general a todos los empleados, esta norma será válida. Además, será legítima, si se persigue el “noble” objetivo de no ofender a nadie, pero ¿y si se ofende siendo neutrales al sentimiento religioso de todas las confesiones?

Y, ¿si simplemente se tratase de la manera en que nos concebimos a nosotros o a los demás en el espacio común? O, tal vez, se trate de la importancia real y verdadera que le damos al otro, es decir, a lo que el otro valora como más propio, personal (que no privado) y, por tanto, sagrado. Y, ¿si la persona se ve limitada cuando la manifestación exterior y pública (forum externum) de sus convicciones internas y personales (no privadas) (forum internum) se ve cercenada?

Aquí está la aproximación a la cuestión que se dilucida. Es posible que un creyente en cualquier fe que implique la exteriorización de sus convicciones se sienta discriminado frente a los neutrales, adoradores de la diosa Neutralidad. ¿No pasaría ya el principio de neutralidad a ser una de las partes y no el elemento dirimidor? Yo me siento discriminado. Es algo más que incómodo.

¿Es que pensamos construir Europa sin la base de la tradición de los cristianos, y sin la base de la tradición de los nuevos europeos con sus nuevas creencias? ¿Es esta la nueva sociedad plural y abierta? ¿Es que es posible construir algo desde la equidistancia y la neutralidad, y la anulación de los anhelos y los aspectos más importantes para el hombre, donde pone todo su esfuerzo?

Vendrán algunos que dirán que llevar velo es sumisión al patriarcado (feministas y la extrema izquierda). Otros nos advertirán que es someterse como europeos a una cultura que nos es ajena –pues ciertamente el islam se basa en estos no tan “pequeños” detalles, cuando busca la hegemonía en la plaza pública– (la derecha y la extrema derecha). Y es posible que tengan razón, pues al toro no se le puede negar que envista, pero antes que convertirse en toro sostengo aquí que es mejor convertirse en torero y aprender a lidiar con la nueva Europa, y creer antes en la persona que está bajo ese velo, y que es madre, e hija, y hermana, y amiga, y quién sabe si hasta amante. Esto será mejor que aplicar una neutralidad basada en el miedo a lo más amado del hombre, su deseo de comprender el infinito. ¿Es esto ser liberal? ¿Es esto ser cristiano?

Y, para nuestros lectores más conservadores, no olvidemos que después vendrán los del Barça, los del Madrid, ecologistas, los hippies, LGTB… porque todo es política, filosofía o religión. Porque esto no solo afecta a los musulmanes. Porque el hombre es un animal racional, social, político y religioso. Porque la neutralidad no existe dado que todos somos, gracias a Dios, sujetos, y por tanto, subjetivos. Porque los cristianos somos ya una I.M.D. (Inmensa Minoría Decreciente).

¿Se imaginan, lectores, un cartel en el sur de los EE.UU., que dijera: “Los bares, colegios y autobuses del estado de Alabama podrán tener normas internas denegando la entrada a negros, no pudiendo discriminar entre los diferentes tipos de negros”? Pues eso. Viva la sociedad 0,0.

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