Nueva regulación del aborto: expropiación de la paternidad
"Hoy en día -dice el texto aprobado- la IVE ha de ser analizada también a la luz del derecho de las mujeres a disfrutar de la sexualidad y a decidir sobre la maternidad, el cual se encuentra, además, vinculado a los derechos y libertades reconocidos en la Constitución". Las recomendaciones del Congreso combinan una ley de plazos y de supuestos que harán posible en la práctica un aborto libre. El proyecto que pronto aprobará el Ejecutivo recogerá literalmente esas recomendaciones.
En contra de la regulación de la Constitución a la que se invoca, en contra de la jurisprudencia constitucional recogida en la sentencia 53/1985, el aborto se convierte en un derecho subjetivo relacionado con el ámbito de la salud. "No estamos -dice el texto- ante un conflicto entre dos derechos fundamentales; los únicos derechos fundamentales son los derechos de las mujeres". La subjetivización absoluta de los derechos, que ya no reconoce ni vínculos, ni tradición, ni evidencia alguna, acaba en la cultura de la muerte. Pero no contento con eso, el grupo socialista y sus socios de Gobierno recomiendan que "al reconducir la práctica del IVE al régimen ordinario, en el cual se reconoce a las menores la capacidad para decidir autónomamente a partir de los dieciséis años".
Permitir a las chicas con 16 años abortar sin el consentimiento de los padres supone que el Estado expropia la paternidad. Expropia a los padres y, sobre todo, expropia a las hijas, en un momento dramático, de una relación decisiva, imponiendo la soledad. Es el viejo sueño del poder: individuos solos fácilmente manejables.