Urcelay considera inviable la vía del adoctrinamiento
´Martínez Aguirre plantea dudas que en un terreno teórico e ideológico pueden ser razonables. La realidad del contexto y del concreto desarrollo de la asignatura española de Educación para la Ciudadanía han despejado sobradamente esas dudas. Basta leer las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía y, sobre todo, de La Rioja, para verificar, de manera bien fundada, que la educación moral contenida específicamente en esta materia supera el deber de neutralidad de Estado en la educación. Sus contenidos invaden el ámbito constitucionalmente protegido de la libertad de conciencia de los ciudadanos y del derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones.En un orden práctico, las referidas sentencias y también las del Tribunal Superior de Justicia de Asturias han recocido que la objeción de conciencia sí es un mecanismo idóneo para que los padres salvaguarden su libertad frente a esta Educación para la Ciudadanía. Les ampara la jurisprudencia tanto del TEDH como del Tribunal Constitucional español. La otra vía que apunta el autor del artículo puede estar fundada en derecho pero, en la práctica, además de `incómoda`, es directamente inviable´.