Presunción de vida

España · Benigno Blanco
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11 junio 2013
Algunos argumentan que, dado que existen opiniones distintas sobre el momento en que se origina una vida humana, la ley debe abstenerse de pronunciarse al respecto y por tanto no debe prohibir el aborto en esos momentos en que algunos niegan que tal vida exista. Este argumento no es serio: si la ignorancia de las leyes no exime de su cumplimiento como indica sabiamente nuestro Código Civil, la eventual ignorancia de la realidad biológica de la vida humana del embrión tampoco exime de la obligación de respetarla.

Algunos argumentan que, dado que existen opiniones distintas sobre el momento en que se origina una vida humana, la ley debe abstenerse de pronunciarse al respecto y por tanto no debe prohibir el aborto en esos momentos en que algunos niegan que tal vida exista. Este argumento no es serio: si la ignorancia de las leyes no exime de su cumplimiento como indica sabiamente nuestro Código Civil, la eventual ignorancia de la realidad biológica de la vida humana del embrión tampoco exime de la obligación de respetarla.

Si alguien duda (científicamente) sobre cuándo se origina una vida, debe aplicar (éticamente) la presunción de vida: en caso de duda sobre si se está matando o no, hay que abstenerse; pues no es aceptable asumir ni siquiera el riesgo de matar por ignorancia. Caso clásico de derecho penal: si un cazador oye un ruido en el bosque y no sabe si se trata de un hombre o de un oso, no puede disparar. Pues si dispara y resultase que era un humano, sería condenado por homicidio por imprudencia como mínimo. El pluralismo social de ignorancias o incertidumbres sobre el origen de la vida, no puede justificar nunca una legislación que privatice el derecho a la vida haciéndolo disponible para los ignorantes o dubitativos. Si no aplicásemos este criterio con carácter general, habría que derogar todas las normas protectoras de la salud, la vida y la integridad, pues siempre habrá personas que crean que no son científicas ni razonables las normas de tráfico o las de vacunación o las de igualdad racial o las de igualdad entre los sexos o las de seguridad laboral o….

En una sociedad civilizada, la protección del ser humano debe estar por encima -como exigencia inderogable- de las opiniones o sentimientos sociológicos. En caso contrario, discriminar a la mujer sería justo y razonable en Arabia Saudí, masacrar judíos sería justo y razonable en la Alemania de los años 30 del siglo XX, exterminar tutsis o hutus sería justo y razonable en el África tribal, el genocidio de armenios sería razonable en la Turquía kemalista, etc.

De sostener este criterio o no, está en juego la posibilidad de una cultura humanista o la entrega desarmada de toda una civilización a la barbarie.

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