Amnistía y referéndum, su vínculo y el baluarte del Senado

España · Juan A. Pérez Morala
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25 octubre 2023
Una hipotética Ley Orgánica de amnistía podría ser rechazada por el Senado por mayoría absoluta, con plenitud de legitimidad y eficacia.

Lo que exigen los partidos independentistas para darle el gobierno al Sr. Sánchez, amnistía y referéndum de autodeterminación, está fuerte e indisolublemente unido. No se trata de una amnistía y un referéndum sin relación alguna entre sí. Al contrario, la estrecha conexión, la irrenunciable vinculación entre los dos conceptos jurídicos, es un hecho confirmado. Por eso está en riesgo “la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles…”, art. 2 de la Constitución (C.E). Si la amnistía apareciera finalmente en el BOE, nuestro Magno Texto daría un “constitucionaligrama plano”. Tal patología jurídica ocurriría precisamente por estar ambas instituciones, amnistía y referéndum, solidaria e inseparablemente unidas en el fin propuesto, que no es otro que la imposible independencia. Es decir, la amnistía se configura como el paso previo a la ruptura de España, razón esencial e insoslayable para que no prospere una ley orgánica en el Congreso que la encamine a su realidad. Y de hacerlo es imprescindible que sea bloqueada en su iter legislativo por el Senado. Esta íntima conexión para la ruptura de la unidad de España, ha venido confirmada en su reciente intervención del 18 de octubre en el Senado, por el líder del ejecutivo catalán, que manifestó: «La amnistía no es un punto final, es el punto de partida, el destino es que la ciudadanía de Cataluña vote en un referéndum…».
Una vez terminado su discurso reivindicativo, el Sr Aragonès se ausentó de la Cámara, sin escuchar las respuestas de los presidentes autonómicos presentes, en un gesto tan contrario a la cortesía parlamentaria, que cuestiona hasta su pretendida eficacia. Un desplante más de los suyos, entre los que destacan los vacíos al Rey cuando S.M efectúa visitas de Estado a Cataluña. Obviamente el presidente de la Comunidad catalana fue al Senado a “hablar de su libro”, y no a escuchar verdades catedralicias, como, por ejemplo, la de la presidenta de la Comunidad de Madrid, que preguntaba retóricamente a Sánchez «cuánto tardarían sus amnistiados en repetir su traición”. Otros “cum laude” a los desprecios de colaboración entre las instituciones del Estado, deben ser otorgados a los presidentes autonómicos socialistas, a Sánchez y a los miembros de su gobierno. Sus incomparecencias en un acto tan excepcional como el
celebrado en el Senado, no habla precisamente de diálogo y transparencia, dos banderas arriadas por el actual PSOE, opaco y tenebrista como un cuadro de Caravaggio. Pero atención, esa ausencia clamorosa estuvo diseñada, porque intuyen el valor que la C.E concede al Senado en ciertas decisiones trascendentales, como es la pretensión de una amnistía en su ineludible vinculación con la desmembración del Estado. Para comprender mejor la suprema importancia que en este asunto vital para la unidad de España tiene el Senado, es conveniente hacer un breve ejercicio de hermenéutica jurídica.
El art. 69.1 C.E, establece: “El Senado es la Cámara de representación territorial”. Es en esta facultad de “representación territorial” exclusiva del Senado, en donde radica su fortaleza para hacer descarrilar toda iniciativa de amnistía y consiguiente referéndum, que no cuente con la aprobación final de esta Cámara. Por su parte, el art. 66 C.E dispone que “Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso y el Senado”. Al poner este precepto en relación con el art. 2 C.E, ya citado, se unen las expresiones de equivalencia “todos los españoles” de este último precepto y “pueblo español” del artículo anterior. Esta identificación asigna un amplio significado a la cuestión, que el Senado también representa a todos los ciudadanos españoles, y lo hace además con el elemento particular y singular de la “representación territorial” del art. 69.1 C.E, donde no cabe concebir esta “territorialidad” sin “el pueblo español”.
Más claramente, al tener en cuenta el vínculo inseparable de la amnistía y el referéndum, unidos por el fin perseguido de la independencia, las atribuciones constitucionales del Senado, sus menciones a la “representación territorial” y al “pueblo español”, entroncan con el art.2 de la C.E, en lo concerniente a la “indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”, de tal manera que, aprobada una ley orgánica en el Congreso por impulso intelectual del gobierno, esa ley no sería suficiente y el Senado en su función excepcional de baluarte, tendría legitimidad y competencia para rechazar la amnistía, toda vez que ésta es condición “sine qua non”, “primer paso”, para un referéndum de independencia que atentaría contra la “territorialidad y la unidad de España”.
Al conceptuar esa expresión de “representación territorial”, hay que tener en cuenta que once comunidades autónomas, más Ceuta y Melilla, ejercen una oposición radical a la amnistía, y que representan en el Senado a la mayoría de los españoles; en una designación hecha por el “pueblo español” en términos de mayoría absoluta, realidad incontrovertible que debe neutralizar una amnistía “ad hoc”, forzada además para investir a un presidente en funciones que perdió las elecciones. En definitiva, la Ley Orgánica de amnistía, o con otro nombre fraudulento, que se prepara, no es una ley más en cuyo proceso de aprobación final, el Senado pudiera tener sólo su típica
competencia de segunda lectura y demora; sino que excepcionalmente, al emerger la ruptura de la “territorialidad” por la independencia, las normas constitucionales propias del Senado, se integran con el art. 2 C.E, pudiendo ser rechazada por mayoría absoluta, con plenitud de legitimidad y eficacia.
Parece oportuno en este momento de crisis institucional, recordar las palabras que Marco Tulio Cicerón pronunció en el proceso contra Cayo Verres, hace ya más de dos mil años, porque por aproximación preventiva, algunas tienen sentido: “Los pueblos que ya no tienen solución, que viven ya a la desesperada, suelen tener estos epílogos letales: se rehabilita en todos sus derechos a los condenados, se libera a los presidiarios, se hace regresar a los exiliados, se invalidan las sentencias judiciales. Cuando esto sucede, no hay nadie que no comprenda que eso es el colapso total de tal Estado.”


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